Año Europeo de las Actividades de Voluntariado

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AÑO EUROPEO DE LAS ACTIVIDADES DE VOLUNTARIADO
Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que Fomenten una Ciudadanía Activa 2011
Base jurídica
DOUE L 17/43 , 22/01/2010. Decisión 2010/37/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2009, sobre el Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que Fomenten una Ciudadanía Activa (2011)

Financiación
Financiación:
8.000.000 €.
Tasa de cofinanciación:
80%

Referencias en Internet
Home page del programa:
http://www.eyv2011.eu/

Objetivo
El objetivo general del Año Europeo será fomentar y apoyar, especialmente mediante el intercambio de experiencia y buenas prácticas, los esfuerzos realizados por la Comunidad, los Estados miembros y las autoridades locales y regionales para crear las condiciones en la sociedad civil que favorezcan el voluntariado en la Unión Europea y mejorar la visibilidad de las actividades de voluntariado en la Unión Europea.

Beneficiarios
Estados miembros y las autoridades locales y regionales para crear las condiciones en la sociedad civil que favorezcan el voluntariado en la Unión Europea y mejorar la visibilidad de las actividades de voluntariado en la Unión Europea.

Información General
La financiación adoptará generalmente la forma de compra directa de bienes y servicios conforme a los actuales contratos marco. Pueden también adoptar la forma de subvenciones.

1. Campañas de información y promoción que incluyan:

- actos y foros de alta visibilidad para intercambiar experiencia y buenas prácticas,
- concursos con o sin premios,
- cooperación con el sector privado, las emisoras y otros medios de comunicación como socios para difundir la información sobre las actividades de voluntariado y el Año Europeo,
- la producción de material e instrumentos para los medios de comunicación destinados a estimular el interés del público, que podrán obtenerse en toda la Unión Europea,
- medidas para dar a conocer los resultados y reforzar la visibilidad de los programas, sistemas e iniciativas comunitarios que contribuyan al logro de los objetivos del Año Europeo,
- la creación de un sitio internet de información en el sitio Europa, incluido un portal para promotores de proyectos sobre el voluntariado, con el fin de orientarlos sobre los diversos programas e iniciativas comunitarios.

2. Otras iniciativas:

- encuestas y estudios a escala comunitaria para evaluar e informar sobre la preparación, la eficacia, el impacto y el seguimiento a largo plazo del Año Europeo.

Procedimiento
Antes del 28 de febrero de 2010 cada Estado miembro designará a un organismo responsable de organizar su participación en el Año Europeo. Al llevar a cabo sus actuaciones, y en particular al elaborar el programa nacional respectivo, el organismo de coordinación nacional realizará consultas y cooperará estrechamente con un amplio espectro de partes interesadas, incluidas las organizaciones de la sociedad civil y, cuando proceda, las agencias nacionales o los puntos de contacto de los programas comunitarios pertinentes.

La Comisión organizará reuniones de los organismos de coordinación nacionales con el fin de coordinar la aplicación del Año Europeo e intercambiar información relativa a la aplicación del mismo a escala nacional.

Los actos de alta visibilidad a escala europea con los que se pretenda concienciar acerca de los objetivos del Año Europeo, posiblemente organizados en cooperación con las Presidencias en ejercicio durante 2011, pueden recibir una subvención comunitaria de hasta el 80 % del coste elegible total.

Cada organismo de coordinación nacional presentará una única solicitud de financiación comunitaria. Esa solicitud de subvención describirá el programa de trabajo del organismo de coordinación nacional o la acción que deberá financiarse y promocionar el Año Europeo. La solicitud de subvención irá acompañada de un presupuesto pormenorizado que exponga los costes globales de las iniciativas o del programa de trabajo propuesto, así como del importe y las fuentes de la cofinanciación. La subvención comunitaria puede cubrir hasta el 80 % del coste elegible total.

La Comunidad concederá una ayuda que no tenga carácter financiero, como la autorización escrita para utilizar el logotipo, cuando haya sido diseñado, y otros materiales asociados al Año Europeo a iniciativas de organismos públicos o privados, cuando estos puedan garantizar a la Comisión que se llevan o llevarán a cabo en 2011 y que pueden contribuir de manera notable a la realización de los objetivos del Año Europeo.
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